En semáforo rojo podrán trabajar la industria de la construcción, minería y fabricación de equipo de transporte, algunos negocios con limitantes de aforo y actividades gubernamentales donde cada dependencia deberá emitir acuerdos a seguir mientras que el regreso a clases será definido por las autoridades.
Las microempresas de 0 a 10 empleados el uso obligatorio de cubrebocas, caretas de plástico cuando el protocolo particular lo establezca; lavado frecuente de manos con agua y jabón o gel antibacterial; contar con gel antibacterial para uso de los clientes; limpiar y desinfectar frecuentemente lugares expuestos al contacto físico regular; en caso de utensilios de uso personal, lavarlos y desinfectarlos después de cada uso; establecer barreras físicas para evitar el contacto entre personas, siempre que sea posible; mantener ventilado el establecimiento, y suspender actividades de quienes presenten cualquier síntoma de enfermedad respiratoria.
Para todas las actividades y durante todas las etapas todos los espacios deberán observar de forma obligatoria el uso de cubrebocas; sano distanciamiento, consistente por lo menos de 1.50 a 2 metros, y lavado frecuente de manos con agua y jabón o gel antibacterial y adicionalmente, las autoridades sanitarias podrán emitir las medidas preventivas y de seguridad adicionales para la mitigación y control de los riesgos para la salud










